Si su EPS le ha medicamentos o algún tratamiento, pese a que hayan sido ordenados por su médico tratante, tiene varias opciones para pedir que se le brinden esas medicinas o servicios.
En primer lugar, de acuerdo con LegalApp -herramienta del gobierno sobre trámites legales- es recomendable que, antes de iniciar el trámite de una queja, demanda o denuncia, el usuario presente directamente reclamo ante la entidad encar|gada de brindarle el servicio, exponiendo las razones de su inconformidad.
PUBLICIDAD Esa reclamación puede ser verbal, escrita o por medios electrónicos y la entidad está obligada a responderle en máximo de 15 días hábiles, argumentos porque se niega o accede a lo que pide el usuario.
Si esto no funciona, puede interponer una queja o denuncia ante la Superintendencia de Salud, a esta entidad le puede exponer las razones de su inconformidad y su solicitud. Tras presentar sus reclamaciones, la Superintendencia estudiará sus argumentos y los de la entidad contra la que se interpone la queja o denuncia.
La Supersalud podrá ordenar a la EPS que realice las acciones para prestar el servicio, entregar el medicamento o realizar el procedimiento. Además, puede imponer las sanciones y/o multas correspondientes si hay lugar a ello.
En tercer lugar, los usuarios pueden acudir a una demanda ante la Supersalud, en particular, ante la Superintendencia Delegada para la Función Jurisdiccional y de Conciliación.
Esta demanda es para cuando el paso sea por negación de cobertura del Plan de Beneficios en Salud (PBS) -antes llamado POS-, reembolsos económicos de gastos médicos, conflictos de multiafiliación, conflictos de libre elección y movilidad, prestaciones excluidas del PBS que no sean pertinentes con las condiciones particulares del individuo, devoluciones o glosas y prestaciones económicas.
En estos casos, la demanda se puede presentar de manera presencial o a través de medios electrónicos ante la entidad para que proteja las garantías y lo derechos de los usuarios.